Potestades del guarda de coto (deportivo)

Velocidad desde el puño
quinteros
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Re: Potestades del guarda de coto (deportivo)

Mensaje por quinteros »

Gracias a enrivila46 y clint por vuestras opiniones.
Sólo puntualizar una cosa a la explicación dada por clint. Si con mi vehículo circulo por determinados caminos públicos que están dentro del coto pero por definición están excluidos de sus actividades, no entro dentro del coto, entonces yo entiendo que no tiene porque detenerme sin haberme visto realizar ningún delito. Los caminos son públicos, van a fincas, yo mismo tengo fincas alli (como cualquier vecino del lugar). Si para alli, que se ponga en la carretera que cruza también el coto o en los pueblos que están dentro y se ponga a revisar los vehículas de la gente que le dé la gana. Me parece tremendo que tenga uno una finca, deje constituir el coto de buenas sin ningún beneficio, y a cambio te encuentras que te puede venir el guarda a dar por saco cuando le plazca, o que vaya uno dando un paseo por el camino y tengas que enseñarle el bocadillo de chirizo de la mochila.
Es mi opinión, en cualquier caso está claro que el guarda tiene todas las de ganar, aunque si me vuelve a pasar no tendrá que llamar el a la guardia civil, seré yo.
¿?alguna opinión más?

jmmillan
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Re: Potestades del guarda de coto (deportivo)

Mensaje por jmmillan »

Hola, tanto los guardas como los cetreros sabemos lo que es legal y lo que no lo es, por lo tanto tenemos que ser conscientes de nuestras actuaciones realizadas en la realización de nuestra afición que es la caza con aves rapaces, adaptando la cetrería que vallamos a realizar a la normativa y leyes que por suerte o desgracia tenemos en cada una de nuestras comunidades autónomas españolas. No debiendo por lo tanto de menospreciarles si tienen autoridad o no, ya que podría presentarse la benemérita y la cosa podría por completo cambiar, pero con casi seguridad en nuestra contra. Hoy existen y se reproducen de forma domestica especies de aves de cetrería que se pueden adaptar perfectamente a las normativa existente actualmente en las ordenes de vedas de la administración, así como en las internas de los cotos de caza.
Un saludo, estamos cazando ya mismo.
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Spiningfly
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Re: Potestades del guarda de coto (deportivo)

Mensaje por Spiningfly »

Quintetos en tu caso teniendo fincas dentro del coto,yo hablaría con el presidente del coto,que es el que lo tiene contratado;que no se biene a razones,pues ya sabes tus tierras fuera del coto.Todo depende de lo ofendido que te sintieras cuando realizó su actuación. Pero como ya te dijeron los compañeros en principio esta cumpliendo con sus obligaciones...
Un saludo...

quinteros
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Re: Potestades del guarda de coto (deportivo)

Mensaje por quinteros »

gracias por vuestras respuestas
un saludo

framuca
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Re: Potestades del guarda de coto (deportivo)

Mensaje por framuca »

al guarda quien lo guarda, todos estan en fuera de juego todos los dias, cerrar un coto es muy facil ,,seguro que tiene lazos puestos ,se lo cargan todo un saludo

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Héctor Fresno
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Re: Potestades del guarda de coto (deportivo)

Mensaje por Héctor Fresno »

No os lieis, todos sabemos lo que son agentes de la autoridad y lo que son auxiliares de estos o lo que es lo mismo Seguridad Privada. Esta cuesta un dinero al propietario de la finca o a lo que que se pretenda proteger. Porsupuesto que pueden identificarte, no confundais "enseñar" documentación con "dar".... lo segundo supone retener documentación y eso es lo que no pueden hacer, pero si ver desde las manos del propietario. Si estas volando o cazando en coto ajeno el guarda, vigilante o lo que sea en cada caso puede advertirte y quedar en eso o provocarte una sanción eso ya depende de como se desarrolle la intervencion... Cierto es que hay de todo, hay empleados de la seguridad privada muy bordes y que abusan de lo que no son al igual que muchos de nosotros encima de estar haciendo las cosas mal le vamos con el cuento al guarda de que no son agentes, que no te enseño DNI.... eso suele acabar mal para el cetrero o cazador en cuestión. Ellos estan ahí y cuestan un dinero con lo cual estan para algo, entre ese algo es identificar, informar y avisar.
Un saludo.

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Re: Potestades del guarda de coto (deportivo)

Mensaje por TES »

Yo creo que si estás en un coto con todo correcto, no debes tener inconveniente en enseñar el permiso del coto, y en su caso, si el guarda lo solicita, acreditarte con el DNI. No le veo problema. Independientemente de que los guardas tengan esa potestad o no. Si no lo quieres hacer, ¿escondes algo?. Aunque tengas derecho a no mostrarlo, igual da. Si estás en un coto privado me parece lo correcto facilitar el trabajo a las personas que trabajan para tí y para el resto de socio, si eres socio, o para quien te ha invitado, si eres invitado. Otra cosa es que vayas de listo y estar "de paseo" por mitad del camino público que cruza un coto de caza con tu ave en el puño, encaperuzada...con la lonja....Vamos, que eso se quita en un santiamén. ¿Qué narices pinta alguien con su ave por allí?. ¿Pasear?. Vamos, que no nos hemos caído de un pino. Seamos sensatos, apliquemos el sentido común, sin buscar cinco pies al gato, y, salvo particularidades, que las hay, se evitan problemas.

quinteros
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Re: Potestades del guarda de coto (deportivo)

Mensaje por quinteros »

O no me has leído, o no has entendido. En el caso particular que trataba no lleva ningún ave, tan solo circulaba con mi vehículo por una camino público para escuchar la berrea (que da acceso a fincas, entre ellas algunas mías, como cualquier vecino del pueblo). El motivo por el que esté por dicho camino es lo de menos, de hecho no es asunto de nadie y por lo tanto de la guarda. No me ha visto hacer nada delictivo ni sospechoso de acuerdo a las competencias cinergéticas de su competencia. Por qué sino, con el mismo criterio puede pasarse por los pueblos que también están dentro de la zona del coto y ir pidiendo a la gente que le enseñe los maleteros. Esa es mi opinion, y la que quería comentar aqui.
Me sorprende que dijas ".. facilitar el trabajo a las personas que trabajan para tí y para el resto de socio, si eres socio, o para quien te ha invitado, si eres invitado..." .. la ostia, entonces según tal afirmación en el terreno del coto solo puede estar un cazador (socio o invitado) ¿para ti no existe la posibilidad de que el resto de mortales pasen por alli, un terreno público, del que hay una explotación cinergética = coto, gracias al permiso gratuito de los propietarios, entre los que me encuentro, pero que aunque no lo fuera, seguiría siendo un terreno público, que nadie a comprado? va a resultar que el listo eres tu.

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