Candidatura Junta Directiva de AECCA

Temas que no se contemplen en los demás foros.
JHJ
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Candidatura Junta Directiva de AECCA

Mensaje por JHJ »

Me dirijo a vosotros para comunicaros nuestra intención de presentar candidatura a Junta Directiva de la AECCA en el proceso electoral abierto el 30 de diciembre. Los miembros de esta candidatura somos conocedores de la Administración y del funcionamiento y coordinación de asociaciones, cetreros en activo, algunos de ellos profesionales, que cazan en cotos y algunos, criadores de rapaces. También muchos de nosotros trabajamos en el ámbito de la conservación de especies. Pretendemos que nuestra asociación de cetrería sea dirigida por cetreros, que piensen en la cetrería, que piensen en la caza, manejen cotos y dirijan sus objetivos a favorecer la práctica de la cetrería.
Para cualquier socio de AECCA que desee contactar con nosotros para más información, puede hacerlo escribiendo a hgeorge2002@yahoo.es, para dar validez a la candidatura es imprescindible que la avalen al menos el 10% de los socios.

Composición de candidatura:

Presidente: D. Agustín Madero Montero (Andalucía). Cetrero en activo y criador de rapaces. Licenciado en Biología. Trabaja como funcionario en la Junta de Andalucía, ocupando el puesto de Jefe de Departamento de Geodiversidad y Biodiversidad en Jaén, siendo responsable en Andalucía de especies como el águila imperial ibérica, el águila-azor perdicera y aguilucho cenizo. Tiene experiencia como miembro de Juntas Directivas de Asociaciones y Federaciones Andaluzas, así como la redacción y ejecución de proyectos y dirección de equipos. Conocimiento de las administraciones. Miembro de Honor de la Asociación cetrera ACESUR por la elaboración de la propuesta alternativa de la Orden de regulación en Andalucía apoyada por todas las asociaciones cetreras de Andalucía, AECCA y Federación Andaluza de caza y actualmente en negociación.

Vicepresidente: D. Francisco Santos García García (Castilla y León). Delegado de cetrería en la Federación de Caza de Castilla y León y miembro de la asociación cetrera del Bajoz por lo que tiene un amplio conocimiento del funcionamiento de la Administración y de diversas asociaciones. Halconero en activo y criador con dilatada experiencia ha ganado multitud de campeonatos de cetrería como el Sky Trial, el campeonato de España o las Jornadas Internacionales de Cetrería del Norte de España.

Secretario: D. Jorge Hernández Justribó (Madrid). Cetrero en activo actualmente se inicia en la cría de aves rapaces. Licenciado en Biología. Ornitólogo, desde 1998 se ha dedicado al desarrollo de diversos proyectos relacionados con la conservación de de las aves y sus hábitats, habiendo intervenido en estudios de rapaces como el Cernícalo primilla, el Halcón peregrino o el Águila imperial ibérica. Tiene experiencia en la coordinación de grupos de trabajo y de asociaciones como coordinador de grupos de anillamiento.

Tesorero: D. Rubén Reches Martínez (Cataluña). Cetrero con dilatada experiencia actualmente trabaja profesionalmente como halconero en el aeropuerto del Prat. Fue segundo clasificado en altanería en las Jornadas de Caza de Tremp (Lérida) en el año 2000 y en el año 2005 primer clasificado en la categoría de altanería en el Certamen Cetrero de San Lorenzo de la Parrilla (Cuenca). Su dedicación profesional a la cetrería hace que conozca muy bien la actualidad cetrera.

Vocal: D. Rodrigo García Siguero (Madrid). Cetrero en activo y criador, habiendo cazado durante muchas temporadas tanto en bajo como en alto vuelo. Sus aves han ganado diferentes campeonatos. Ha sido el Jefe de Entrenadores de Aves Rapaces durante 5 años (2002 – 2007) del Zoo de Madrid. Actualmente participa como Responsable de manejo y socialización de aves rapaces en el programa de la Comunidad de Madrid para la reproducción y reintroducción de grandes rapaces: águila imperial ibérica, águila-azor perdicera, águila real... A su vez desarrolla también proyectos de control de aves.

Vocal: D. Cristóbal González López. Cetrero en activo con veinte años de experiencia en altanería y bajo vuelo. Fue ganador en la modalidad de altanería del Memorial Fernando Peralta celebrado en Navalcarnero. Sus años de experiencia le hacen un profundo conocedor del panorama cetrero actual.

Completando el equipo contamos con Alberto Sendín Caballero como asesor jurídico. Abogado en activo, con gabinete propio y gran experiencia en procedimientos relacionados con la caza en general y con nuestra actividad.

Por último, hemos detectado considerables irregularidades en el procedimiento electoral actual, incumpliéndose el Reglamento de Régimen Interior de la asociación por lo que de no remediarse esta situación se procederá a recurrir el proceso electoral.




Un saludo

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guadiana
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Re: Candidatura Junta Directiva de AECCA

Mensaje por guadiana »

Gracias por la información.
En cuanto a recurrir el proceso electoral (por las razones que sean, no soy jurista) se supone que se hará antes de las elecciones, seria lo mas logico, no vayamos otra vez a "mi mujer ha malpario, trabajo perdio"". Sin acritúd.


Saludos.

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Re: Candidatura Junta Directiva de AECCA

Mensaje por ORTIZ »

Gracias por la información, pero la pregunta del millon es:.¿se ha reformado el estatuto de la asociacion....se puede votar por correos?
Es una asociacion a nivel nacional y si solo se puede votar trasladandose el asociado hasta la cede, pues vaya tela.
Pedro Ortiz Martínez (Melilla)

waira
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Re: Candidatura Junta Directiva de AECCA

Mensaje por waira »

Antes de pedir avales deberiais de exponer cuál va a ser vuestro programa electoral para los proximos cuatro años.
Saludos.

rrgaona
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Re: Candidatura Junta Directiva de AECCA

Mensaje por rrgaona »

Preocupante que nada mas presentar una candidatura ya se este amenazando con impugnar.
El procedimiento que se ha pensado esta muy bien para las elecciones a candidatura de presidente del gobierno de los estados juntos de america.
En AECCA no votan nunca mas de 200 personas.
Si llamando por telefono ese dia dando el DNI y algun dato que identifique al que llama (Nº de telefono por ejemplo) las votaciones se acaban en media hora.
Se paga a un notario. Se da un numero de telefono. Fulanito socio numero tal, telefono el que te sale en el display voto por .... Obama.....
Notario que apunta. En 2 horas ventilado el asunto.
Menuda parafernalia burrocratica de las que tanto nos gustan a los cetreros, se ha montado para ser candidato y para votar y para.... y al final para nada. Por que no se puede votar por correo y yo le tengo que dar mi voto a quien sea si no puedo ir. Y que sepa a quien voto.
Asi es la asociacion que quieren los cetreros?? Llenos de trabas burocraticas, de yo te denuncio si no gano, no antes, despues.
Un disparate.

JHJ
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Re: Candidatura Junta Directiva de AECCA

Mensaje por JHJ »

Completando la información que os he puesto anteriormente decir que si algún socio quiere sumarse a la candidatura puede contactar con nosotros.

En cuanto a la impugnación del proceso electoral, ésta se realizó el viernes 9 de enero y en breve se publicará en el foro para que todo el mundo la conozca.

Los socios que quieran recibir más información sobre la candidatura, sumarse a ésta etc....... pueden enviarme un privado con su dirección y teléfono. También pueden escribir a la dirección de correo que puse en el anterior post hgeorge2002@yahoo.es




Un saludo.

rrgaona
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Re: Candidatura Junta Directiva de AECCA

Mensaje por rrgaona »

Pues muy bien. Señores candidatos.
Preocuparos por el bien vuestro y vuestra imagen.
Que los socios estamos aqui para aguantar las cuitas, dimes y diretes de los candidatos.
Os vais a cargar la asociacion. Con tanta chorrada legal.
La legalidad ilegal que nos aprieta y nos tiene jodidos, la trasladais a la asociacion, en vez de luchar contra ella.
Mas burocracia, papeleo, requisitos para votar, precandidatos, avales, minimos y maximos.
Todo ese gasto en tonterias y chorradas para 200 votos. Nos sale cada voto a 50 euros de coste. A ver si pensamos un poco con la cabeza y dejamos de gastar el dinero de la asociacion en chorradas. Que las peleas entre candidaturas, al socio no le aporta nada mas que malestar. Que no os enterais.
Poned un sistema de votacion facil y rapido. Que es lo que el socio quiere. A ver si bajais de la nube y os dejais de tanto juicio y parafernalia abogacil.
Que esto no es un ministerio ni nosotros somos funcionarios.
Que el unico juicio que hay en la vida es el que te hacen cuando vas pal hoyo.
A ver si os preocupais de una vez de lo que le preocupa al socio. TAN DIFICIL ES?

jorgen
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Re: Candidatura Junta Directiva de AECCA

Mensaje por jorgen »

Se me están inchando los cojones de leer tanta chorrada, ganas me dan de no seguir pagando la cuota de socio, coño

ESTEPA
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Re: Candidatura Junta Directiva de AECCA

Mensaje por ESTEPA »

Yo entiendo que haya que hacer las cosas desde un punto de vista legal, es lógico.... pero lo de la AECCA ya roza lo absurdo cuando antes de ... bueno de "nada", ya sobrevuela otra vez "la sombra" de una impugnación. De verdad killo, cada vez que aparece algo de AECCA en el foro es ... "pa follones" ¡coj...!", es que esto ya es .. patológico, ... no sé, o es que hay muchos intereses politicos y económicos detrás o... yo que sé.

Pues nada, a seguir así... a quitarle la voluntad a un santo !!!! Después decimos "asociate, que es mejor, que debemos de estar todos juntos, que si patatín, que si patatán,.... pero estamos deseando de "fulanito" o "menganito" hagan o digan algo para !zas! la zancadilla.... Así no vamos a ningún sitio, os lo garantizo.

Saludos.

rrgaona
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Re: Candidatura Junta Directiva de AECCA

Mensaje por rrgaona »

nac8 escribió:Hacer como yo,borraros...........no digo nada en contra de lo que suceda actualmente ni lo que quieran hacer xq ya me es indiferente,pero en su momento me dio asco ver la que se lio,asi que actue en consecuencia y me borre.Cuando haya otras preocupaciones me afiliare de nuevo xq pienso que es importante tener algo que nos represente con fuerza.
Nacho, respetable tu forma de actuar como la contraria, de seguir.
Si las opciones regionales que tenemos me dieran confianza en que nos van a defender frente a las CC.AA, pues una opcion nacional no tiene sentido.
Pero resulta que quien actua y demanda a las CC.AA es AECCA cuando se cometen injusticias en las normas sobre cetreria.
No seguir apoyando a AECCA seria dejar en manos de las regionales los aspectos juridicos y de impugnacion de estas tropelias. Y asi nos va. Ninguna impugna, falta de medios o politica.
Hablo en el sentido estricto juridico, no valoro lo que hace respecto al socio estas asociaciones regionales o su forma de actuar.
COmo muestra un boton,de todas las normas que han salido, todas son problematicas y pisotean al cetrero en aspectos fundamentales. Lease Aragon, CLM, CL, Etc.

La unica asociacion representante de cetreros que ha impugnado ha sido AECCA. La unica que ha cargado con las costas ha sido AECCA. Por eso apoyo a AECCA. Por que no entiendo que las asociaciones regionales se queden impasibles ante atropellos que claman al cielo.

fadrique
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Re: Candidatura Junta Directiva de AECCA

Mensaje por fadrique »

¿Esta es la imagen que queremos dar los cetreros? Por mi parte NO.
Somos un gremio muy pequeño, al que es muy fácil atacar desde muchos flancos, ecologistas, cazadores, administración, etc.
Si no nos sabemos respetar y apoyarnos entre nosotros ¿Cómo pretendemos que alguien lo haga?
Por favor, meditarlo un poco antes de crear estas polémicas públicamente. Validar el voto por correo, como debería ser para una asociación a nivel nacional, presentaros quien os de la gana y que sea el socio el que vote libremente a quienes presenten el mejor proyecto y listo. ¿Tan complicado es?
A esta nueva cadidatura, mi recomendación personal, es que presenten su proyecto antes de amenazar con impugnaciones contra otras candidaturas ¿por qué y para qué?
En esta asociación, los abogados y los jueces se deberían emplear exclusivamente en pro de la cetreria y no en contra de los propios socios.
Por favor, dejadlo ya que aburre y tira por tierra todo lo conseguido hasta ahora.

Yiyo
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Re: Candidatura Junta Directiva de AECCA

Mensaje por Yiyo »

Hola:
Esta claro que a la mayoría de los cetreros representados por la AECCA no nos interesa los jaleos burocráticos, impugnaciones etc...sino salir al campo y disfrutar de nuestra pasión, pero las cosas hay que hacerlas amparándose en la ley y mas cuando se a llegado a esta situación desagradable para todos, en especial para mi (ya que considero a varios cetreros de la junta directiva en funciones grandes personas y compañeros) pero para cambiar las cosas según estan actualmente no hemos visto otro camino.
Esto no consiste en lanzar amenazas, ni impugnaciones sino en que nuestra pasión adquiera la fuerza, y el respeto que se merece,
Voy a tomarme la libertad de lanzar unas preguntas las cuales me fastidia mucho lanzarlas pero considero que debo hacerlas , y espero que sean contestadas por la actual junta directiva en funciones......por supuesto espero no ofender a nadie, pero no se me ocurre otra forma mas suave de exponer estos temas, como ya he dicho creo que no hay otro camino.
Reitero que personalmente estos jaleos no me interesan en absoluto, pero cuando decidimos presentar candidatura y vi con quienes iba a trabajar por la cetrería española no dude ni un segundo porque creo que el equipo que hemos preparado es magnifico para currar por la cetrería Española

Y ahí van las preguntas

¿ Porqué hacéis un proceso electoral, largo y de nuevo, desde nuestro punto de vista, fraudulento y extremadamente complicado?.

¿Porqué si el artículo 25 del Reglamento de Régimen Interior dice: “Los socios podrán delegar la asistencia y su voto en otro socio, cuando no pueda comparecer a las sesiones de la Asamblea. Para que la delegación sea válida, habrá de ser comunicada por escrito a la Secretará de la Asociación con cinco días de antelación como mínimo al día de la celebración de la sesión. El documento de delegación contendrá en nombre y apellido del socio en quien se delega, y solo tendrá validez para la asistencia a una única Asamblea, a menos que ésta sea suspendida para continuar en otras sesiones, en cuyo caso será válida también para éstas”. Ustedes, en contradicción con esta norma convocan un proceso electoral con otra manera de voto delegado?.

¿Porqué modifican ustedes el voto Delegado, si nadie ha recurrido este aspecto?.

¿Porqué habéis hecho la convocatoria en esas fechas de vacaciones?. El día 23 de Diciembre la firman y comienza el proceso el 30 de Diciembre. Después de 5 meses para convocarlas y elegís una fecha muy mala, sobre todo que no favorece la participación de los socios.

¿Porqué convocaron una asamblea general extraordinaria el día 2 de Noviembre de 2008, sin necesidad de hacerlo para aprobar un reglamento electoral?. Aunque no pudieron aprobar nada.

¿Porqué no aprovecharon esa asamblea para hacer las modificación oportuna en los estatutos para que, a los efectos exclusivamente de elecciones pueda darse la lista de los socios a la cabeza de cada una de las candidaturas electorales?. Desde luego si tuvieran que acusarme de algo, a mí me gustaría que lo hicieran por dar las mismas oportunidades a mis contrincantes.

¿No recuerdan ustedes que la Ilma. Audiencia Provincial de Guadalajara le conminaba sólo a convocar una nueva asamblea general extraordinaria para renovar la Junta Directiva?

¿Porqué se contrata a un Notario, que según el Sr. Balbas en la asamblea general extraordinaria de 2 de Noviembre puede suponer un gasto entre 2.500 Euros y 3.000 euros?

¿No hay otra manera de hacerlo?

¿Porqué el Notario entrega los sobres a la Junta Directiva en funciones, algunos de cuyos miembros nos han comunicado que van a presentarse en una candidatura?

¿No se rompe así la custodia del Notario y por tanto el proceso vuelve a carecer de las mínimas garantías, que fue una de las razones más potentes que usaron las resoluciones judiciales para anular a la anteriores elecciones a la Junta Directiva?

Al abrir los sobres la Junta Directiva en funciones ¿No va a conocer los programas electorales de otras candidaturas antes de mandarlo?

¿Porqué cierran tres meses antes el listado de socios?. Antes se ha permitido ser socios justo hasta antes de la asamblea. Desde luego el listado de 30 de Diciembre puede servir para calcular el 10% de los avales, pero los socios deberían poder seguir pagando sus cuotas antes de la asamblea o hacerse nuevos socios hasta justo antes de la asamblea, como siempre ha sido.

¿Porqué se amplia el plazo a presentarse a las candidaturas a tres meses, cuando el artículo 27 del Reglamento de Régimen Interior, lo permite sólo hasta un mes antes?

¿Quién va a pagar los costes de los dos procesos judiciales perdidos por la Junta Directiva en funciones y por la Junta Directiva anulada y que calculamos alcanzan los 12.000 euros? Pues les recuerdo a todos que fueron condenados en costas.

¿No se han enterado ustedes que son una Junta Directiva en funciones?. Digo esto porque la convocatoria debe firmarla el Presidente en funciones y firma sólo como Presidente. También lo digo porque en la página web de la AECCA, 5 meses después sigue poniendo como Junta Directiva la anterior, después de ser anulada su elección por resolución Judicial.

¿Saben ustedes que de seguir esta convocatoria vamos a vernos obligados a recurrirla de nuevo ante los tribunales?. Los fundamentos son muy parecidos a los que ya se condenaron y además hay antecedentes.

¿Quién va a pagar las costas de estos nuevos juicios, en caso de perderlos, como consideramos que va a pasar?

En resumen ¿Porqué no hacen una asamblea general extraordinaria como se ha hecho siempre en AECCA?

Y por si alguien intentará dar la vuelta a estas preguntas, diciendo que lo que queremos es obstaculizar la marcha de la asociación les diré lo que yo haría si tuviéramos que convocar una asamblea general extraordinaria:

-No contrataría a ningún Notario y aplicaría los estatutos y el Reglamento de Régimen Interior.

-Elegiría a tres socios neutrales, de acuerdo con las otras candidaturas, para que controlaran el proceso electoral y enviaran los programas y controlaran la comunicación de los votos Delegados. Apartando con esto de toda responsabilidad y dotando de todas las garantías a aquellos socios de la Junta Directiva en funciones que quisieran presentarse en una candidatura.

-Haría una Asamblea General extraordinaria para reformar los estatutos y permitir dar las direcciones de los socios a todas las cabeza de lista de las candidaturas que se presentaran.

-El voto Delegado sería como siempre, o sea como dice el artículo 25 del Reglamento de Régimen Interior.

-Permitiría hasta el día anterior de la Asamblea General Extraordinaria para elección de Junta Directiva, el pago de las cuotas pendientes a los socios y la incorporación de nuevos socios a AECCA.

-Permitiría la presentación de candidaturas hasta un mes antes de la asamblea general extraordinaria para la elección a Junta Directiva, tal como permite el artículo 27 del RRI.

Me comprometo en público, también por mis compañeros de candidatura, que no habrá ningún recurso si las cosas se hacen así.

Un saludo a todos.

rrgaona
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Re: Candidatura Junta Directiva de AECCA

Mensaje por rrgaona »

Y el voto por correo que es lo que piden todos los socios?¿
Por que no estais conforme con la forma actual de votar pero tampoco aportais el poder votar por correo.
Menuda parafernalia para votar.

agustinmadero
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Re: Candidatura Junta Directiva de AECCA

Mensaje por agustinmadero »

Estimados amigos:

Ante la convocatoria del proceso electoral complicada, larga, realizada en fechas poco apropiadas (vacaciones de Navidades) y con modificaciones contrarias al Reglamento de Régimen Interior, un grupo de socios nos hemos visto obligados a impugnar esta convocatoria vía burofax el día 9 de Enero de 2009. No nos explicamos las razones por las que la actual Junta Directiva en funciones se empeña en convocar procesos electorales que consideramos fraudulentos y carentes de las mínimas garantías, por mucho Notario que se contrate, al final los sobres van a para a manos de la Junta Directiva en funciones, que , según nos confirmaron tienen intereses en constituir una candidatura. De nuevo el proceso vuelve a carecer de las mínimas garantías que exige cualquier elección democrática. No os canso más aquí abajo os pongo la convocatoria realizada por la Junta Directiva en funciones y debajo nuestro escrito de impugnación de la misma.

Un saludo

Agustín Madero



CONVOCATORIA PROCESO ELECTORAL

Estimados socios:

Sirva esta carta para convocar el próximo proceso electoral para elegir nueva junta directiva de AECCA, que dará comienzo oficial el próximo 30 de diciembre de 2008.


Junto a esta carta, os adjuntamos un modelo de calendario electoral en el que se expresan los plazos que se han diseñado para cumplir con todas las fases del proyecto. Los plazos han sido estipulados siguiendo lo marcado por estatutos y reglamento de régimen interior, así como por lo comentado por diversos socios en la Asamblea General Extraordinaria celebrada el pasado 2 de noviembre en Parla(Madrid). El acta de esta asamblea se encuentra a vuestra disposición en la página
web, así como el documento de impugnación de la misma emitido vía burofax con fecha 31 de octubre, viernes, por los socios Agustín Madero, Javier Gómez Pardo y Javier Ceballos y firmado por Agustín Madero, recibido en secretaría el lunes 3 de noviembre. Todo aquel socio interesado en recibir estos documentos vía correo ordinario podrá solicitarlo a través de secretaría.

Todos los socios de AECCA podrán participar en el proceso de dos maneras: o bien como socios electores (votando a las candidaturas) y/o como socios elegibles(formando parte de una candidatu-ra). En cualquier caso, lo primero que debéis hacer es comprobar si figuráis como socios de AECCA en el censo electoral, que se elaborará con los socios al corriente de pago en la fecha de inicio del proceso (30 de diciembre de 2008). Las leyes de protección de datos de carácter personal en nuestro país no nos permiten hacer públicos los datos de nuestros socios, por lo que la consulta sobre vuestro estatus será exclusivamente telefónica y unipersonal a través de secretaría, en el teléfono 660090593. Si detectáis algún error, podréis reclamar en los plazos estipulados en el calendario electoral dirigiendo un escrito
argumentado a secretaría junto con la documentación que estiméis oportuna, alApartado de correos 41121, 28080, Madrid.

Posteriormente podréis constituir una propuesta de candidatura, que deberá ajustarse
a lo estipulado en estatutos y reglamento de régimen interior. Deberá ser una
candidatura cerrada y estar compuesta por socios de AECCA que figuren en el censo electoral. Los componentes deberán cubrir los pues-tos de Presidente,Vicepresidente, Secretario, Vicesecretario, Tesorero y al menos un vocal.

Para presentar la propuesta de candidatura, deberán presentarse ante el Notario que detallamos más abajo dos documentos en un sobre en cuya portada deberán figurar claramente las palabras “CAN-DIDATURA ELECCIONES AECCA 2009”. En el documento A,limitado a una hoja DINA4 por las dos caras en letra Arial 12, deberá figurar la composición de los miembros de la candidatura, con una breve reseña sobre sus
actitudes para cubrir el puesto al que se presenta y lo que estimen oportuno las distintas candidaturas. En el documento B, con similares características de formato, deberá presentarse un programa de gobierno a desarrollarse desde la dirección de la asociación en la próxima legislatura.

Estos documentos deberán dirigirse a la Notaría de D. AGUSTÍN CABRERA BLANCO, con di-rección en AVENIDA SAN IGNACIO DE LOYOLA, Nº 54-56,BAJO de SAN ANDRÉS DEL RABANEDO-LEÓN, 24010. El envío deberá hacerse por correo, ordinario o certificado, o por mensajería. El plazo de recepción de candidaturas en la Notaría comienza el día 30/12/2008 y ter-mina el día 19/01/2009. No se aceptarán candidaturas recibidas
fuera de este plazo.

Posteriormente, la Notaría aportará a secretaría los documentos de las diferentes propuestas de can-didaturas recibidas hasta el plazo estipulado en el Calendario electoral. Éstas, para poder constituirse como candidaturas definitivas, deberán contar con al menos un 10% de avales de entre los socios que figuren en el censo electoral, cuyo número exacto se hará público a través de la página web en el momento de la elaboración del censo, y se comunicará a los socios en el envío que se detalla a continuación. Los documentos A y B aportados por las distintas candidaturas serán remitidos desde secretaría a todos los socios, junto con un ejemplar de AVAL unipersonal y un sobre prefranqueado con la dirección de la Notaría y el remite del socio en el reverso del sobre. Aquellos socios que pre-tendan avalar alguna candidatura deberán remitir ese aval, JUNTO CON FOTOCOPIA DEL DNI EN VIGOR, empleando exclusivamente el sobre aportado por secretaría. De acuerdo con la Notaría, no se aceptarán otros métodos de envío de avales. El Notario, al cierra del plazo para recibir avales, elaborará una caja o recipiente, debidamente sellado por él con los sellos de seguridad notarial que quedarán identificados en la propia acta
para asegurar la integridad del contenido, en la que se con-tendrán todos los sobres recibidos en debida forma durante el plazo de recepción de los Avales (so-bres que no van a ser abiertos en la Notaría) para que tal caja o recipiente, que entregará al represen-tante de la Asociación, pueda ser abierta en el acto público que se
expresará. Posteriormente, a través de la página web se convocará un acto público en la ciudad de León para proceder a la aper-tura del paquete entregado por el Notario, ante los socios que quieran asistir como testigos, así como la comprobación de los avales necesarios para proclamar como definitivas a las diferentes can-didaturas. Se rechazarán aquellos que carezcan de fotocopia del DNI, o que presentándola, este no esté en vigor. El plazo de recepción de avales en la Notaría comienza el día 28/01/09 y termina el día 25/02/09. No se aceptarán avales recibidos fuera de este plazo. En el caso de que ninguna can-didatura reciba el número mínimo de avales necesarios para proclamarse definitiva, se abrirán suce-sivos plazos de 15 días
hasta que al menos una consiga el mínimo requerido. De estas variaciones en los plazos se informará exclusivamente a través de la página web http://www.aecca.org/html

En una tercera fase, una vez proclamadas las candidaturas definitivas, secretaría enviará a los socios la convocatoria de Asamblea General Extraordinaria electoral, que, salvo modificación, se celebrará en la fecha indicada en el calendario electoral adjunto. Junto a esa convocatoria se remitirá ejemplar de delegación de voto, y sobre prefranqueado con la dirección de Notaría y el remite del socio en el
reverso. Se deberán enviar en las mismas condiciones expresadas para los avales y únicamente uti-lizando el sobre aportado por AECCA, insistiendo en adjuntar necesariamente de nuevo FOTOCO-PIA DEL DNI EN VIGOR del socio avalador. El Notario actuará de la misma forma descrita para los avales. En este caso, el paquete que recoja las delegaciones de voto será abierto y estudiado di-rectamente en la
Asamblea electoral. El plazo de recepción de delegaciones en la Notaría comienza el día 16/03/09 y termina el día 06/04/09. Solamente se aceptarán como métodos de voto el presen-cial y el delegado emitido según el protocolo establecido.

En los subsiguientes envíos de documentación os iremos detallando lo necesario y los protocolos para actuar en cada uno de los procesos de estas elecciones.

Recibid un cordial saludo.


Carlos Bernabéu.
Presidente de AECCA.
23 de diciembre de 2008.






ESCRITO DE IMPUGNACIÓN


ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE CETRERÍA Y
CONSERVACIÓN DE AVES RAPACES (AECCA)
Apartado Correos 41121
MADRID 28080
A/AT: Junta Directiva en Funciones


Como miembros de la asociación, hemos recibido, con fecha 30 de Diciembre de 2008, la Convocatoria del Proceso Electoral para renovar la Junta Directiva de la asociación. La convocatoria esta firmada por el Sr. D. Carlos Bernabeu, como Presidente que lo es exclusivamente en funciones al estar su cargo extinguido por el trascurso de los cuatro años de su vigencia, estatutariamente fijados por el artículo 6º de los Estatutos, en concordancia con los artículos 7º y 11º del Reglamento de Régimen Interior, causándonos gran asombro que reincida en convocar un proceso electoral nulo, pues está en contra de determinados artículos del Reglamento de Régimen Interior, con procedimientos electorales acordados entre la Junta Directiva en funciones o el Presidente en funciones, en evidente fraude de ley, tratando vanamente de burlar lo judicialmente acordado por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Guadalajara, autos de juicio ordinario 402/2.006, ratificado por sentencia de la Ilma. Audiencia Provincial de Guadalajara, Sección 1ª, Rollo de apelación 131/2.008, en virtud de lo cual deben de limitarse a convocar nueva asamblea general extraordinaria a los meros efectos de necesaria renovación de cargos de la Junta Directiva, de acuerdo con los estatutos vigentes. Es evidente que lo que Uds. pretenden excede con mucho a convocar una asamblea general extraordinaria pues, a pesar de intentar realizar un reglamento electoral en Asamblea General Extraordinaria en Parla (Madrid) el 2 de Noviembre de 2008 ( Asamblea impugnada tres socios ), que no pudo ser aprobado por dicha asamblea, Uds. se mantienen en elaborar unas nuevas normas, de vuestra propia creación, no aplicadas hasta la fecha en ninguna otra convocatoria, mientras ocupan en funciones unos cargos y en contra del Reglamento de Régimen Interior y los Estatutos de la Asociación. Insistimos que a lo único que deben ustedes limitarse es a convocar una nueva asamblea general extraordinaria , con las normas que dicen los Estatutos y el Régimen Reglamento de Régimen Interior, exactamente igual que las que se han convocado en la asociación desde su creación hasta la Asamblea General Extraordinaria de 10 de Junio de 2006 que fue impugnada y recayeron sobre la misma las sentencias anteriormente señaladas.

Los aspectos del nuevo procedimiento electoral que entendemos no se ajustan a la legislación vigente, ni a nuestros estatutos ni al Reglamento de Régimen Interior de nuestra asociación son los siguientes:

· En la Asamblea General Extraordinaria de 02/11/08, en el acta provisional se intenta aprobar un reglamento Electoral que finalmente no puede ser aprobado por la asamblea. Sin embargo a la hora de inventarse el procedimiento electoral aplican algunas de las propuestas que estaban incluidas en el citado reglamento no aprobado. Entre otras, la de un modelo de aval, el envío en sobres prefranqueados....

· En la misma asamblea, y según el acta provisional se acuerda: “se aplica el procedimiento electoral previsto en los Estatutos con Notario”. El procedimiento electoral previsto en los estatutos y en su Reglamento de Régimen Interior no es el procedimiento electoral que proponen, puesto que el artículo 25 dice: “Los socios podrán delegar la asistencia y su voto en otro socio, cuando no pueda comparecer a las sesiones de la Asamblea. Para que la delegación sea válida, habrá de ser comunicada por escrito a la Secretará de la Asociación con cinco días de antelación como mínimo al día de la celebración de la sesión. El documento de delegación contendrá en nombre y apellido del socio en quien se delega, y solo tendrá validez para la asistencia a una única Asamblea, a menos que ésta sea suspendida para continuar en otras sesiones, en cuyo caso será válida también para éstas” . Y la convocatoria de procedimiento electoral que planteáis no se ajusta a este artículo y por tanto tampoco se ajusta al acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria de 02/11/2008.

· Como muestra de la artificial complicación del proceso electoral está la delegación de voto, que prácticamente convierte tal delegación en un voto de correo. Como en tantos otros aspectos del proceso electoral establecido por la Junta en funciones, se debería de haber optado por soluciones que garantizaran el derecho del voto con las debidas garantías sin necesidad de armar artificialmente complejos procedimientos y plazos que finalmente dificultan el libre ejercicio del derecho sin añadir ninguna garantía adicional. Una delegación de voto, cualquiera que sea su forma, en que conste debidamente la intención de delegar el voto y se pueda identificar fehacientemente al delegante y delegado es más que suficiente, como lo había sido hasta este momento en la historia electoral de la AECCA, incluida la Asamblea General Extraordinaria de 10/06/2006 y cuyo procedimiento de voto delegado no fue impugnado y que se hizo tal como lo dice el artículo 25 del Reglamento de Régimen Interior.
· Por otra parte nos habéis hecho saber que al menos dos miembros de la Junta Directiva en funciones , el Vicepresidente en funciones el Sr. D. Ramón Balbás y el secretario en funciones, el Sr. D. Esteban Martín, se van a presentar como miembros de una candidatura. Vuelven a contar con ventajas incompatibles con un proceso electoral democrático dotado de las debidas garantías. La no existencia de esas garantías básicas fue precisamente el elemento objetivo más importante de las dos sentencias que declararon nulas las elecciones organizadas por la misma Junta que ahora las vuelve a convocar (y a incurrir en errores parecidos).
· La más llamativa de todas esas faltas de garantías en el nuevo proceso electoral convocado es la de que una de las partes en contienda, la candidatura que nos ha indicado las dos personas siguientes y encabezada por Ramón Balbás y sus Secretario Esteban Martín, vuelve a contar con el listado y todos los datos de los socios de la AECCA, y más aún, se arroga la competencia de elaborar el censo electoral y comunicar a las otras partes el resultado de esa elaboración, comunicando exclusivamente el número de socios con derecho a voto en un momento muy anterior a las propia votación (nada menos que tres meses). Todo ello argumentando que están obligados a mantener esos datos confidenciales en aras a su protección como obliga la ley . Repetimos, ese procedimiento es incompatible con la igualdad de oportunidades y se podrían haber habilitado formas que aseguraran la protección de los datos y su sola utilización con fines electorales.
· Por otra parte, también llama la atención, que al contrario de lo que ha sido la continuada práctica electoral de la AECCA, se impida que voten los socios que se inscriban como tales y paguen su cuota hasta el momento de la Asamblea y al contrario se proclame el censo electoral definitivo por la Junta electoral en funciones, de la que forman parte Balbás y Martín, (sin haber dado información previa alguna sobre el mismo más allá de comprobar si tu mismo eres socio o no) el 11 de enero de 2009 nada menos que 3 meses antes de la votación por decisión unilateral de la Junta. ¿Qué va a pasar con los socios que se inscriban desde el 11 de enero hasta el 11 de abril?. Pues simplemente que no van a ser socios de pleno derecho, sin que esta circunstancia se haya votado en Asamblea ni figure en el RRI ni en los estatutos. Por otra parte esta decisión también entra en conflicto con el artículo 27 del Reglamento de Régimen Interior y la práctica cotidiana de la Asociación como ya explica el encabezamiento de este párrafo, o dicho de otra forma esta manera de actuar es una ANORMALIDAD en el funcionamiento de la asociación.

· Los sobres recibidos por el Notario y contenidos en un paquete o caja, se entrega a un representante de la asociación. Por tanto se pierde la custodia, de la que da fé el Notario, desde el momento de la entrega de la caja y desde el momento en que el Notario no está presente en el acto de abrir la caja con los sobres.

· La convocatoria a un acto público de apertura de la caja no puede ser únicamente por la página webb de la asociación, que recibe muy pocas visitas, debería ser además ( y para ahorrar costes a la asociación y no enviar otra carta por correo ordinario ) en los foros de cetrería que son más visitados, e incluso mediante comunicación por correo electrónico para aquellos socios que lo tienen.

· Los votos que permiten los estatutos son el presencial y el voto Delegado según el artículo 25 del Reglamento de Régimen Interior.

· Por último y está el mismo hecho de la fecha de la convocatoria, firmada el 23 de Diciembre y llegada a los socios el 30 de Diciembre y primeros de Enero. Es verdad que aunque reconocemos su escasa o nula validez legal de esta alegación, no es menos cierto que la convocatoria en esas fechas cinco meses después de la sentencia de la audiencia de Guadalajara y en plenas vacaciones Navideñas, dice mucho de la intención de los que la convocan y de su escaso interés de la participación de los socios en este procedimiento. La escasez de validez legal es similar a la escasísima validez ética de esta convocatoria.

En consecuencia, y con gran malestar al comprobar que tratan Uds. de dirigir nuestra asociación de espaldas a la legislación vigente, venimos a oponernos fehacientemente al proceso electoral firmado por el presidente de la Asociación el día 23 de Diciembre de 2008 y que nos llega el 30 de Diciembre de 2008. Como quiere que no nos consta, quién o quienes de cuantos conforman la anterior Junta Directiva, exclusivamente en funciones, como prescribe el artículo 11º, párrafo segundo de nuestro Reglamento de Régimen Interior, hubieran podido votar expresamente en contra del acuerdo de Junta Directiva del que trae causa el nulo proceso electoral , les anunciamos nuestra intención de impugnarla y solicitar judicialmente, una vez más, la declaración de nulidad o subsidiaria anulabilidad del proceso electoral y, en su caso, de los acuerdos que pudieran adoptarse, de seguirse adelante con la misma, sin perjuicio de la ulterior exigencia de la responsabilidad personal y directa de sus miembros, tal como posibilita el artículo 15.4 y 5 de la Ley Orgánica 1/2.002, reguladora del derecho de asociación, pues tal es el hartazgo que nos provoca que Uds. se empeñen en dilapidar los limitados recursos económicos de nuestra asociación en convocatorias de asambleas que luego son anuladas, y en litigios y abogados con resultados funestos.

Y ello, por cuanto, extinguidos sus cargos por trascurso del plazo de su vigencia estatutariamente fijado no tienen Uds. otras facultades que las mínimamente necesarias para el funcionamiento ordinario de la asociación y que, desde luego, no comprenden la facultad de inventarse un procedimiento electoral en contra de lo establecido por los Estatutos y el Reglamento de Régimen Interior, máxime cuando durante los cuatro años de vigencia de los cargos que representaron, no consideraron necesario reformar los Estatutos ni el Reglamento de Régimen Interior.

En consecuencia, les instamos para que, cabalmente se desista del nuevo procedimiento electoral, contrario a los Estatutos y al Reglamento de Régimen Interior y se convoque una asamblea General Extraordinaria con el procedimiento anterior al , también inventado por Uds. En la asamblea general extraordinaria de 10 de Junio de 2006 y que ya se pronunciaron las instancias judiciales en su contra, como anteriormente hemos referido, y que no podría ser recurrido por adaptarse a la legislación vigente y a las normas que nos rigen como asociación.

En caso de desoir la presente oposición, les reitero para que procedan a su lectura íntegra al inicio de la Asamblea General Extraordinaria en la que se renovarán los cargos de la Junta Directiva, dejándola incorporada al acta de la sesión que se levante, de la cual les requiero nos faciliten copia para proceder a su impugnación judicial por plazo legal.


Sin otro particular, atentamente:

En Jaén a 9 de Enero de 2009

Francisco Santos García García Jorge Hernández Justribó
DNI nº DNI nº 72 39 951 B



Rubén Reche Martínez Rodrigo García Siguero
DNI nº 46812464-N DNI nº 08947211-G



Cristóbal González López Agustín Madero Montero
DNI nº DNI nº 25 960 983-D

Deiroleucus
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Re: Candidatura Junta Directiva de AECCA

Mensaje por Deiroleucus »

Como no tengo tiempo ni ganas para seguir tirando en esta historia (tengo cosas mejores que hacer en la vida que perder el tiempo en algo que ni me va ni me viene), voy a dedicar 5 minutos a demostrarte, Rodrigo, que con mala fe, que es lo que aquí sobra, no hay ningún proceso electoral inatacable y perfecto, no lo hay, ni lo sería, desde luego, el que tú propones.
Dices que tú aplicarías los estatutos y el Reglamento de Régimen Interior sin más y, en la línea siguiente, dices que nombrarías 3 socios imparciales para controlar y tal y tal. Bien: ¿puedes decirme en qué artículo de los estatutos o del RRI viene eso de los 3 socios imparciales?, ¿Hacer eso no supondría vulnerar de forma evidente los estatutos y el RRI?. Los estatutos y el RRI que tú aplicarías tal cual contemplan que será el cretario el que ha de custyodiar y recibir la delegaciones de voto, pero, sorprendentemente, has dicho un poco antes que claro, como se se quiere volver a presentar (qué moral la suya, Dios mío!!!), no debería tener ninguna intervención en el proceso. ¿Y bien? ¿qué hacemos? ¿saltarnos los estatutos y el RRI y que no sea el secretario su custodio? No puede ser, ¿verdad?, porque los estatutos y el RRI deben cumplir tal cual, según has dicho, ¿verdad?. Entonces cumplimos las los estatutos y el RRI y dejamos que sea el secretario su custodio? Tampoco puede ser porque resulta que se quiere presentar a la reelección. ¿Prohibimos a cualquier persona que haya ostentado un cargo en una junta directiva presentarse a la reelección?. Es la alternativa del diablo. Hagas lo que hagas, es impugnable, si se quiere impugnar, claro.
Solo te digo, de buen rollo y desde el aprecio y respeto que te tengo, que espero y deseo que no tengas que descubrir lo que es esto en esa nueva asociación madrileña que, con tanto empeño e ilusión, estás intentando crear. Te aseguro que no tienes más de la que tenía yo hace 8 o 9 años cuando empecé en esta locura de la entonces UEDECA y ahora AECCA. Y hoy estoy más que convencido de que lo mejor es que cada uno se ayude a si mismo y a correr. Ya pensarás como yo, date tiempo.
Un cordial saludo.
Eduardo.

david 79
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Re: Candidatura Junta Directiva de AECCA

Mensaje por david 79 »

No he podido evitar escribir unas líneas al leer este post.
Lo primero deberiamos felicitarnos todos los miembros de AECCA, de que al menos ya tengamos una candidatura oficial.
Lo segundo, que por lo visto y trás conversaciones que he mantenido con compañeros parece ser muy previsible una segunda candidatura. Ójala tengamos la gran suerte de poder elegir entre más de dos.

Al hilo de las palabras de Deirolecus, cuando ha hablado sobre ilusión en un proyecto (opino iugal que tú Eduardo)... A mi después de todo este embrollo sobre impuganaciones, convocatorias, ... conficurar una candidatura, críticas.. etc, etc. tened claro que la ilusión la tendría en números rojos,(comos se quedarán las cuentas de la asociación si se dan de baja socios, y aumentan exponencialmente los gastos de notarios, letrados y procuradores).
Doy ánimo a todos los candidatos, y sobre todo a aquellos que sean elegidos, los cuales van a tener el mayor de los trabajos que puede tener una asociación; el trabajo de volver a asociar a sus socios, y de ilusionarlos en un proyecto asociativo, valga la redundancia. (a ser posible sin más desgastes que los inherentes a la defensa de los cetreros).

Un saludo.

waira
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Re: Candidatura Junta Directiva de AECCA

Mensaje por waira »

Aboogen, yo suelo ser bastante sarcastico pero tu me ganas macho... y no he entendido ni papa de tu mensaje excepto que tienes una foto de una pivita en topless y que estoy deseando que pongas por aqui...

rrgaona
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Re: Candidatura Junta Directiva de AECCA

Mensaje por rrgaona »

Suerte aboogen :lol:
Mejor una cena que hacerla socia. Vas a conseguir mas :lol:

De eso me gustaria a mi que se hablara. De proyectos. No de impugnaciones.

VOTO POR CORREO YA!!!!

rrgaona
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Re: Candidatura Junta Directiva de AECCA

Mensaje por rrgaona »

Y dado que todo el procedimiento desde su inicio tiene amenaza de impugnacion.
Me imagino que habran mas candidaturas, puesto que el Sr. Gomez, Ceballos y demas candidatos que impugnaron la anterior tambien presentaran candidatura si son consecuentes con su denuncia.

Por que no se hace una asamblea extraordinaria, se aprueba un modelo de voto por correo consensuado entre todos, que es lo que el socio quiere, se incorpora a los estatutos para siempre y de una vez se termina con este culebron?¿
Tan dificil es?
Es que no lo entiendo.
Pensaba que la ultima asamblea se iba intentar hacer esto, pero veo que otra vez estamos en un punto sin retorno.

agustinmadero
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Re: Candidatura Junta Directiva de AECCA

Mensaje por agustinmadero »

En primer lugar agradecer a todos aquellos que debaten públicamente lo que piensan. Eso es precisamente lo que significa foro. Gracias, Guadina y Waira. Quedan cuatro meses por delante y todo tiene su momento y sus plazos ya hablaremos de otros temas cuando tengamos que hablar.

Quiero comentar a todos aquellos que se asustan, que llaman a su mamá al mínimo inconveniente, que no creen en la humanidad porque han tenido dos varapalos en su vida o que despotrican o se rajan las vestiduras y por el comunicado de impugnación, lo que eto significa.

En primer lugar la participación en un proceso electoral es un hecho democrático y cuando un grupo de socios participa en ese proceso, haciendo constar a la Junta Directiva las irregularidades que se han producido en la convocatoria, para que se corrijan o se produzca otra convocatoria que no pueda ser recurrida más tarde en los tribunales eso significa que la asociación está viva. Esto es la impugnación. Es pues, un trabajo que hacemos para todos, pero muy especialmente para que la Junta Directiva no se equivoque y nuestra asociación ( o los miembros de la Junta Directiva ) tengan que pagar las costas ( si se recurre a los tribunales y ganamos). La impugnación es parte del proceso democrático y hay que aceptarlo como una normalidad. Yo así me lo tomo y seguramente porque estoy acostumbrado a ello. En mi trabajo como funcionario TODAS las resoluciones pueden ser recurridas, las bien tomadas y las mal tomadas y los ciudadanos ejercen sus derechos y recurren bastantes. Es algo normal y nuestra legislación es garantísta, o sea da garantías en todos los pasos para que no se produzca indefensión en los más débiles.

En segundo lugar, los socios que impugnamos y después recurrimos a los tribunales, somos los primeros indignados por la situación a que nos somete esta Junta Directiva en funciones y además somos los que más hemos arriesgado y los que más costos hemos soportado hasta la fecha. Todos ustedes deben de saber que llevar a la convocatoria de elecciones de 2006 a dos juicios nos ha costado un dinero, que tuvimos que pagar religiosamente antes de cada juicio, pero además hemos asumido un riesgo importante porque de haberlos perdido tendríamos que haber soportado las costas de los mismos que según nos dijeron puede rondar los 12.000 euros y que en Julio de 2008 fué condenada a abonar la parte demandada. Y ahora, parece que quieren que volvamos a repetir la situación, así que ya tengo apartado varios cientos de euros y de nuevo tendremos que asumir un riesgo económico personal, al menos de unos 6.000 euros. Con estas situaciones y riesgos personales, me permitirán ustedes que les diga que la indignación de los que se quejan por la impugnación, está muy por debajo de la que soportamos nosotros, tanto que nos vemos obligados a tomar decisiones que no nos gustan, que en parte sabemos que van a ser incomprendidas, pero que de no remediarse van a ser tomadas, porque es un derecho que poseemos todos los socios y porque a esta altura de nuestras vidas no nos gusta que nos “ningunen” ni que nos tomen el pelo de manera tan descarada e injusta.

En tercer lugar . Los demandantes, a pesar de que las cosas se resolvían a nuestro favor hemos tenido siempre la iniciativa de convocatoria de reuniones con la parte demandada, intentando llegar siempre a un acuerdo antes de cada paso. Hemos hablado antes de producirse la asamblea de 2006, se impugnó por escrito antes y también en el foro, nos reunimos a nuestra petición después de la primera sentencia a nuestro favor, intentando llegar aun acuerdo y que el procedimiento no fuese más costoso para la parte demandada. Y por último intentamos a nuestra petición hacer una candidatura conjunta. Todavía estamos esperando alguna iniciativa similar de la Junta Directiva en funciones.

En cuarto lugar aquí los únicos que tienen la obligación de convocar un proceso electoral limpio es la Junta Directiva en funciones. Y, desde nuestro punto de vista, no lo han hecho. Ahora los socios tenemos derecho a impugnarlo. Así que no se puede invertir la responsabilidad y el responsable por definición de hacer una mala convocatoria es quién tiene que convocarla. Ya veo que algunos miembros de la Junta Directiva en funciones reconocen en este mismo foro que no han hecho una convocatoria exenta de irregularidades. Incluso dicen que es imposible hacer una convocatoria totalmente justa. No puedo estar de acuerdo. Personalmente pertenezco a asociaciones desde el año 1973. Han sido, al menos 10 asociaciones de diferentes tipos a las que he pertenecido y he ocupado cargos en Juntas directivas ( presidente, vicepresidente, Tesorero y vocal ) y otras veces como asociado base y NUNCA durante 35 años de pertenecer a asociaciones, he visto ni asistido a una convocatoria irregular, salvo la asamblea de AECCA de 2006. No me parece que sea tan difícil.

En quinto lugar nuestra voluntad no es recurrir de manera permanente. Sólo recurriremos cuando la convocatoria afecte a derechos fundamentales de nuestra asociación: como por ejemplo votar conforme establece los estatutos y el derecho a que exista un proceso con garantías e igualdad de oportunidades. Si se han equivocado en una coma, o se han pedido que se vote en sobre de color rosa, es algo que no tiene importancia, así que pueden pedir incluir el voto en un sobre de este color que no recurriremos.

En sexto lugar. La Junta Directiva puede disponer, de acuerdo con los estatutos y Reglamento de Régimen Interior, y por supuesto de acuerdo con la Ley y Reglamentos que regulan la materia, de cuantas acciones no estén reguladas en los estatutos. ASÍ QUE LO QUE NO ESTÉ EN LOS ESTATUTOS, NI SEA CONTRARIO A ELLOS LA Junta Directiva en funciones puede disponer conforme considere oportuno. Así que puede decidir que sean tres personas independientes las que formen un comité electoral. Además, quiero recordar, que la sentencia de la Audiencia provincial de Guadalajara exigía que se creara un comité electoral. Si el Secretario debe custodiar los documentos como dice los estatutos y la sentencia dice que se cree un comité electoral y el secretario tiene intereses personales ( pero legítimos ) en una candidatura, lo ético y también consideramos que lo legal, es proceder de manera voluntaria a apartarse de ese puesto por interés personal irreconciliable con la posición de secretario y candidato. Y asunto resuelto. También a mí me parece esto algo muy normal por cuanto que continuamente lo hacemos en las administraciones cuando tenemos que decidir sobre algo en lo que tenemos interés personal, sencillamente se comunica a tu superior que tienes interés personal y que consideras que debes ser apartado del puesto para esa ocasión y así se hace. Incluso los jueces pueden ser recusados cuando puede existir interés personal, enemistad manifiesta...Espero que dejéis de hacer apología de las convocatorias de elecciones irregulares y podáis poner más ejemplos irresolubles como estos, porque está chupado resolverlos.
Seguiré, con otros posts, espero que más cortos.

Un saludo
Agustín Madero

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